Responsabilidad de los locales es un término amplio que se refiere a cualquier tipo de negligencia por parte de un propietario de tierras o un arrendatario de una propiedad. Por ley, es deber del propietario mantener sus locales y asegurarse de que estén libres de riesgos o peligros para cualquier persona que ingrese a la propiedad. Si una persona resulta herida en la propiedad o locales, la ley de Texas se aplicará en función de si la persona lesionada fue un “invitado”, un “concesionario” o un “intruso”.
- Invitado: esta es una persona que ha sido invitada a ingresar y/o permanecer en los locales para el beneficio comercial del propietario, como un propietario de una tienda de comestibles. Se debe el más alto deber de cuidado a un invitado, y el propietario de la propiedad tiene el deber de mantenerlo libre de cualquier riesgo o daño mientras está en la propiedad.
- Ejemplo: un propietario de una tienda de comestibles debe inspeccionar periódicamente los locales para detectar derrames, productos rotos o artículos caídos, para asegurarse de que no haya riesgos o peligros aparentes que puedan dañar a un invitado.
- Concesionario: esta es una persona que ha sido invitada a ingresar y/o permanecer en los locales para un beneficio no comercial, como un invitado. El propietario de los locales es responsable de cualquier condición de riesgo, pero solo si se cumplen estas tres condiciones:
- La persona lesionada puede establecer que el propietario sabía o debería haber sabido de la condición o peligro;
- Que el propietario no ejerció un cuidado razonable para asegurarse de que la propiedad fuera segura o para advertir del riesgo; y
- El concesionario no sabía de la condición o riesgo involucrado.
- Ejemplo: el propietario de la propiedad sabía que había un banco en la propiedad que no parecía estar roto, pero no era seguro sentarse en él, sin embargo, no advirtió al invitado de evitar sentarse en él. El invitado se sentó en el banco, se derrumbó y resultó herido.
- Intruso: esta es una persona que está en la propiedad sin el permiso expreso o implícito del propietario de la propiedad; no están allí para el beneficio comercial o no comercial del propietario y no han sido invitados. Si bien el propietario de la propiedad tiene el deber de advertir de cualquier condición de riesgo, no tienen el deber de cuidado siempre y cuando no tengan conocimiento del intruso.
- Ejemplo: mientras el propietario de la propiedad estaba trabajando, un intruso ingresó a la propiedad con el propósito de robar sus herramientas. Una rastra estaba tendida en el césped y el intruso pisó las púas y se lesionó el pie. El propietario de la propiedad no es responsable ya que no invitó al intruso; no tenían conocimiento del intruso, y por lo tanto, no tenían el deber de cuidado de advertir de cualquier riesgo o peligro.
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Jason Aldridge
Abogado
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